El próximo año tendrá seis fines de semana largos, con 12 días no laborables, de los cuales sólo uno será domingo.
De estos sólo tres se cambian o trasladan para el lunes, mientras nueve permanecen sin cambio, de acuerdo a lo que establece la Ley 139-97, sobre traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes.
Según el calendario de días feriados publicado por la Secretaría de Trabajo, en el año 2009 habrá 12 días no laborables, iniciando con el primero de enero, Día de Año Nuevo y que será jueves; el martes 6 de enero, Día de los Santos Reyes; el miércoles 21 de enero, Día de la Altagracia; el lunes 26 de enero, Día de Duarte; el viernes 27 de febrero, Día de la Independencia, y el viernes 10 de abril, Viernes Santos.
También el viernes primero de mayo, Día del Trabajo; el jueves 11 de junio, Día de Corpus Cristi; el domingo 16 de agosto, Día de la Restauración; el jueves 24 de septiembre, Día de las Mercedes; el viernes 6 de Noviembre, Día de la Constitución, y el viernes 25 de diciembre, Día de Navidad.
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Muy buen aporte, hacerca de los días no laborables, tengo una pregunta, la ley estipula en algun lado que mi empleador no me puede perjudicar de modo alguno por no ir a laborar un dia feriado como 25 de diciembre o 1 de enero?
ResponderEliminarGracias!
(Realmente nesecito una respuesta a esa pregunta, porfavor algien con el enlace de lo que dice la ley en cuanto a esto, se lo agradeseria en el alma.)