JUEZ ACOGE AMPARO EN CONTRA DE SENADOR

Tras acoger un recurso de amparo en contra del senador Alejandro Williams, el juez de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional declaró la confidencialidad del secreto de la fuente y la invulnerabilidad a la información como derechos indisolubles e inmanente de la libertad de expresión.



El magistrado Pedro Reynaldo Vásquez Lora declaró con fundamento el recurso de amparo incoado por las periodistas Margarita Cordero, María Isabel Soldevila y Norma Sheppard.

En consecuencia, decretó el cese definitivo de toda acción, actuaciones o diligencias tendente a la obtención de la identidad de las fuentes periodísticas en manos de las comunicadoras.

El juez consideró que ha quedado acreditado en el escenario procesal probatorio de los hechos que existe, sin lugar a dudas, una conculcación al derecho de confidencialidad del secreto de las fuentes.

Sostiene que éste no es limitativo y se extiende, inclusive, a los apuntes de los periodistas o cualquier instrumento o herramienta electrónica propio de la profesión. Asegura que tales actuaciones ameritan ser protegidas, pues forman parte indisoluble del derecho a la información y la libertad de expresión con los límites que constitucional y legalmente están establecidos.

El tribunal rechazó la excepción de incompetencia formulada por el legislador y declaró buena y válida la acción de amparo, incoada por las periodistas.
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Editor Gazcue es Arte

Master en Educación Superior mención Docencia, Licenciado en Comunicación Social, Técnico Superior en Bibliotecología y Diplomado en Ciencias Políticas, Columnista del periodico El Nuevo Diario

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