Llamar "hijo de puta" al jefe no es motivo de despido.
Así lo dicta una sentencia de la sala social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que, tras escuchar las razones de trabajador y empresario, ha revocado un pronunciamiento anterior del juzgado de lo social número 3 de Girona -que consideró el despido procedente- para acordar la readmisión del empleado o su indemnización de 6.483 euros.
Los hechos se produjeron el 14 de enero de 2008, cuando el empleado y el gerente de la empresa discutieron fuertemente por unas diferencias en torno al abono de unas dietas que reclamaba el trabajador.
Señala la sentencia, que difundió el martes el boletín electrónico Carta de Personal, que la misma empresa asumió el pago de las dietas reclamadas en un acto de conciliación, por lo que razón no le debía faltar al trabajador.
Lo cierto es que marchó de malos modos del despacho del gerente, manifestando en voz alta: "Este hombre está loco", lo que ratificó durante el juicio la secretaria, que estaba fuera y testificó contra él.
Al día siguiente, la discusión se repitió, y en esta ocasión, el acusado llegó a insultar a la cara al gerente llamándole "hijo de puta".
Los jueces del TSJC, en una sentencia del pasado mes de febrero, indican que la "degradación social del lenguaje ha provocado que las expresiones utilizadas por el ahora recurrente sean de uso corriente en determinados ambientes, especialmente en el marco de discusiones". Por esa razón, la sanción de despido sería desproporcionada.
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