Entra en vigor el artículo 3.21 bajo del DR-Cafta
Las empresas dominicanas que fabrican artículos considerados folclóricos, pueden ya exportarlos libre de impuestos a los países firmantes del acuerdo de libre comercio con Centroamérica y Estados Unidos.
La dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Industria y Comercio, afirmó que esto se debe a que se inició el proceso de cumplimiento del artículo 3.21 del DR-CAFTA.
Este artículo libera de arancel los productos certificados como folclóricos o aquellos hechos a mano por la industria textil dominicana.
Comercio Exterior explicó que, debido a la entrada en vigencia de esas disposición, contenida en el acuerdo de libre comercio, abre sus puertas a instituciones, empresas o individuos interesados en aprovechar la oportunidad de exportar los productores nacionales que puedan ser identificados como elegibles.
Señala que esta desgravación arancelaria ofrece oportunidad de negocios para talleres y microempresas que producen artículos textiles para uso en decoración, baños, mesas y cocinas, además de prendas de vestir confeccionadas a mano.
El órgano oficial expone que este tipo de mercancías no puede tener patrones, estilos o características modernas como “zippers”, broches de presión o calcomanías.
La entrada en vigencia del referido artículo del acuerdo de libre comercio con Estados Unidos y Centroamérica, es una nueva oportundiad de negocios para talleres y pequeñas y medianas empresas que se dedican a la confección de artículos a mano y de decoración para el hogar.
Mostró sus disposición de ayudar a quienes quieran aprovecharla presente oportunidad.
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