
En México, donde existe una amplia jurisprudencia al respecto, son delitos federales los que se cometen contra la seguridad de la nación, (traición a la Patria; espionaje; sedición; rebelión; terrorismo; sabotaje; conspiración); contra el derecho internacional (piratería; violación de inmunidad y neutralidad); contra la Humanidad (genocidio); contra la seguridad pública (evasión de presos; armas prohibidas; asociaciones delictuosas) y los delitos en materia de vías de comunicación y correspondencia; contra la autoridad (desobediencia y resistencia de particulares; oposición a que se ejecute alguna obra o trabajo públicos; ultrajes a las insignias nacionales); contra la salud (producción, tenencia, tráfico, proselitismo y otros actos en materia de narcóticos; peligro de contagio); contra la moral pública y las buenas costumbres (corrupción de menores; pornografía infantil y prostitución sexual de menores; trata de personas); los delitos cometidos por servidores públicos (abuso de autoridad; desaparición forzada de personas; tráfico de influencia; enriquecimiento ilícito); contra la administración de justicia y la falsedad (falsificación y destrucción de la moneda; falsificación de títulos al portador, documentos de crédito público; falsedad de declaraciones judiciales; variación del nombre o del domicilio).
Mientras, en Argentina son delitos federales robos y fraudes a bancos, fraudes de correo, soborno a oficial públicos, contrabando, tenencia ilegal de armas de guerra, casos de pornografía, etc.
Annet Cárdenas
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