Aprueban normativa de uso de suelo en el sector de Gazcue

Es permitida la instalación de "centros de diversión de adultos" 

POR OMAR SANTANA


La normativa tenía años discutiéndose en la Sala
Capitular.
SANTO DOMINGO. La Sala Capitular del Ayuntamiento del Distrito Nacional aprobó la normativa (ordenanza 5-2013), que regula el uso de suelo en el sector de Gazcue, y la declaración de éste como patrimonio urbanístico y arquitectónico de la ciudad Santo Domingo de Guzmán.

La normativa establece las densidades máximas, define los parámetros de edificación y aborda el tratamiento del sector. El documento fue aprobado el pasado nueve de marzo.

La estructuración urbana en Gazcue queda organizada en las franja norte institucional, constituida en doce sectores, subdivididos dentro de las franjas norte institucional, intermedia residencial, sur residencial comercial, y recreativa turística.

Dentro de los denominados conjuntos y ambientes se encuentran el Conjunto de la Plaza de la Cultura y el Conjunto Institucional Gazcue Noroeste. Los conjuntos son definidos como diseños urbanos que abarcan grandes parcelas o varias manzanas con un uso prevaleciente.

Quedan establecidos los ambientes, que son territorios que guardan características formales y estilísticas de sus piezas arquitectónicas, las que no tienen continuidad en el territorio. Son señalados como ambientes los tramos de las calles Estrella Sadhalá-Padre Boil, Pasteur (entre la avenida Independencia y Malecón), Bolívar (entre Mariano Cestero/Julio Verne y Dr. Delgado), Dr. Delgado (entre Pedro Henríquez Ureña y avenida Bolívar), Danae, Cervantes (entre Lea de Castro y Casimiro de Moya) y Félix Mariano Lluberes.

Esta señalada como franja recreativa turística la que se encuentra al borde del Mar Caribe dentro de los límites de las avenidas Independencia, George Washington, Máximo Gómez y presidente Vicini Burgos.

Dentro del uso comercial permitido se incluye centros de diversión de adultos, a los que los residentes se opusieron desde el inicio debido a las denominadas "casas de citas", las que acusaban de arrabalizar el sector.

Además quedan permitidos los restaurantes, cafeterías, supermercados, establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas, tiendas de especialidades gastronómicas-cavas-fumadores, centros financieras, entidades bancarias, plazas comerciales, ventas al detalle, centros de belleza, centros estética, clínicas veterinarias, centros de juego de azar, de mesa, casinos, centros de diversión (música en vivo) y gimnasio.

Quedan excluidos los usos industriales. La normativa, que no identifica cuáles son las edificaciones de patrimonio urbanístico y arquitectónico, señala que la normativa se aplica a los limites de la calle Francia, al norte, al este la calle 30 de Marzo, al Sur el Parque Independencia por el eje de las calles Mercedes-Mariano Cestero y al oeste al eje de la avenida Máximo Gómez.
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Editor Gazcue es Arte

Master en Educación Superior mención Docencia, Licenciado en Comunicación Social, Técnico Superior en Bibliotecología y Diplomado en Ciencias Políticas, Columnista del periodico El Nuevo Diario

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