¿Para qué sirve el Defensor del Pueblo?

La Constitución dominicana atribuyó al defensor del Pueblo (DP) la función de salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos en caso de que sean violados por funcionarios o prestadores de servicios públicos o privados que afecten intereses colectivos.

Es un mediador entre la administración y los administrados cuando la administración en su accionar desconoce derechos fundamentales, explica la abogada constitucionalista, Cristina Aguiar.

La Constitución del 2010 incluyó la figura del DP, que ya había sido creada por la Ley 19-01 del 2001.

De lo anterior, cualquiera pensaría que puede llevar ante el DP quejas por tarifas eléctricas injustas, especulación de precios, interrupción del servicio eléctrico o por incumplimiento de la velocidad de descarga de los paqueticos de Internet que compran los ciudadanos. La realidad es que en todos esos casos la DP enviaría al ciudadano a llevar la queja ante entidades de protección de usuarios, para agotar la vía administrativa.

Se trata del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), Protecom para el servicio eléctrico y Prousuario en la Superintendencia de Bancos para servicios financieros.

El abogado constitucionalista Yovanny Díaz asegura que la DP no hace valer su rango constitucional ni cumple su función de proteger derechos dejando a cargo de las mismas entidades del sistema la protección de los usuarios. Díaz entiende que la ley debería ser modificada para que todos esos órganos estén bajo la DP.

Un abogado de la oficina de la DP explicó por teléfono que si las entidades supuestas a proteger a los usuarios no logran una solución, ellos hacen un levantamiento, preparan un informe y se lo presentan a los encargados de área de la entidad donde se origina la queja. Si ellos no hacen caso a sus recomendaciones, se refiere al ciudadano al Tribunal Superior Administrativo para que busque a un abogado y haga un sometimiento, o a otro tribunal competente.

El resumen de gestión de la DP desde mayo de 2019 hasta abril de 2020 muestra que tan solo procesó 20 casos correspondientes a prestadores de servicios: 14 de entidades públicas y seis privadas.

La ley 19-01 otorga a la DP y sus adjuntos poder de inspeccionar las oficinas públicas y aquellas entidades prestadoras de servicios públicos sin previo aviso, y requerir de ellas todos los documentos e informaciones necesarias para materializar su labor.

La DP también puede iniciar una investigación sobre cualquier conducta cuestionable de un servidor público, como corrupción.

Pero las herramientas correctivas que la ley confiere a la DP son la de amonestar, hacer pública una falta, o apoderar al Ministerio Público.

Pedro Tineo, presidente de la comisión de diputados encargada de conformar las ternas para que el Senado elija al próximo DP informó que este martes calendizarán las entrevistas de más de 70 postulantes que se inscribieron.


Por Balbiery Rosario

Share on Google Plus

Editor Gazcue es Arte

Master en Educación Superior mención Docencia, Licenciado en Comunicación Social, Técnico Superior en Bibliotecología y Diplomado en Ciencias Políticas, Columnista del periodico El Nuevo Diario

0 comentarios:

Publicar un comentario

GRACIAS POR VISITAR GAZCUE Y DEJAR TU COMENTARIO.